ORDEN de 17 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la promoción y consolidación del empleo autónomo a través del Programa de ayudas a personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida y la formación de personas asalariadas, y se convocan para el año 2026.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta orden las personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales con domicilio social y fiscal en Galicia por la primera, segunda y tercera contratación que realicen con carácter indefinido.
Este programa incluye dos tipos de ayudas compatibles entre sí:
1. Bono de contratación, por medio del cual se proporcionará una subvención para la contratación indefinida inicial de personas desempleadas. Serán subvencionables las contrataciones que se realicen desde el 1 de octubre de 2025 y hasta el 30 de septiembre de 2026, ambas fechas incluidas. La contratación deberá ser indefinida inicial, incluidos los contratos fijos discontinuos. El período de actividad en el caso del contrato fijo discontinuo deberá tener una duración mínima de 6 meses cada año.
Con carácter general, la cuantía por la primera persona trabajadora indefinida desempleada será de 7.500€, y para la segunda y tercera persona trabajadora indefinida: 9000€, contemplándose incrementos según particularidades, de modo que las cuantías máximas posibles, de aplicarse todos los incrementos, serían para la primera persona trabajadora indefinida 14.400€ y para la segunda y tercera persona trabajadora indefinida 17.600€.
2. Bono de formación (opcional), por medio del cual se proporcionará una subvención para acciones formativas dirigidas a las personas trabajadoras cuyos contratos se subvencionan por medio de esta orden, con el objeto de mejorar sus conocimientos y las habilidades relacionadas con el puesto de trabajo. La acción formativa, con un mínimo de 70 horas de formación teórica, tendrá lugar dentro de los tres primeros meses desde la fecha de inicio del contrato de la solicitud y deberá estar finalizada el 30 de octubre de 2026. Queda excluida de este bono de incentivos a la formación aquella formación que suponga el cumplimiento de obligaciones legales empresariales en materia preventiva a que hace referencia el artículo 19 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.
Esta formación se incentivará con una ayuda de 2.000€ por cada persona trabajadora cuyo contrato se subvenciona por medio del bono de contratación.
Xunta_EmpleoAutónomo_Contratación_2026
Xunta_EmpleoAutónomo_Contratación_2026_Extracto
El plazo general para la presentación de las solicitudes comenzará a las 9.00 horas del quinto día hábil posterior al día siguiente de su publicación en el DOGA y finalizará a las 20.00 horas del 30 de septiembre de 2026.
