
Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad.
Se acuerda establecer un sistema de cotización basado en los rendimientos reales declarados fiscalmente. La implantación de esta modificación se hará de forma gradual, en un periodo máximo de 9 años, con revisiones perdiodicas cada 3 años, con objeto de permitir la más adecuada definición de los mismos y las adaptaciones técnicas necesarias por parte de la Hacienda Pública y de la propia Seguridad Social. Así, con esta medida se pretende aproximar las bases de cotización de los autónomos y autónomas a sus ingresos reales y además mejorar su protección social, repercutiendo en la mejora de sus prestaciones futuras. En este campo, el nuevo sistema de cotización es necesario para reforzar el sistema público de pensiones y garantizar la sostenibilidad financiera.
Más al por menor, el documento contempla 15 tramos de cotización: 3 pertenecientes a la tabla reducida y 12 incluidos en la tabla general. De este modo, el anteproyecto establece en el año 2023 una cuota mínima de 230 euros al mes para autónomos con rendimientos inferiores a 670 euros netos, y una máxima de 500 euros para aquellos trabajadores autónomos con ingresos netos mensuales superiores a 6.000 euros. De cara al 2024, la cuota mínima se reduce a 230 euros mensuales y máxima llegará a los 530 euros. Y ya en el 2025, la cuota mínima sigue bajando hasta los 200 y la máxima alcanzará los 590 euros
Además, se ha aprobado un aumento de la popularmente conocida como “tarifa plana” para nuevos trabajadores autónomos. Una cuota bonificada que permitirá a los nuevos autónomos que inicien su actividad acceder a una cuota de 80 euros durante doce meses.
RDLey13_2022_CotizacionAutonomos
UPTA_RDLey13_2022_CotizacionAutonomos_Resumen
El presente Real Decreto entrará en vigor el día 1 de enero de 2023