
ORDEN de 9 de agosto de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras para promover la práctica profesional y la formación en competencias blandas de las personas jóvenes menores de 30 años mediante contratos formativos, y se procede a su convocatoria para el año 2023.
Esta convocatoria tiene por objeto fijar las bases reguladoras y proceder a la convocatoria para el año 2023 de subvenciones para la contratación por cuenta ajena, que realicen las empresas y personas empleadoras, para facilitar a jóvenes menores de 30 años en situación de desempleo un período de práctica profesional acompañada de un proceso de formación para el empleo.
Podrán ser personas y empresas beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquier que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las comunidades de bienes y sociedad civiles que contraten personas jóvenes trabajadoras por cuenta ajena, para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia
Por medio de esta convocatoria, las empresas tendrán la posibilidad de obtener ayudas para la contratación de menores de 30 años a través de las siguientes líneas:
a) Línea 1: programa de prácticas, mediante contratos para la obtención de práctica profesional, suscritos con personas trabajadoras menores de 30 años que estén en posesión de título universitario (grado, máster o doctorado), o título de grado medio o superior, especialista, máster profesional o certificado del sistema de formación profesional; así como de aquellas personas que posean un título equivalente de enseñanzas artísticas o deportivas del sistema educativo, que habiliten o capaciten para el ejercicio de la actividad laboral.
b) Línea 2: programa de formación en alternancia, mediante contratos de formación en alternancia que se realicen con personas trabajadoras menores de 30 años, y que podrán celebrarse con personas que carezcan de la cualificación profesional reconocida por las titulaciones o certificados requeridos para concertar un contrato formativo para la obtención de práctica profesional. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán realizar contratos vinculados a estudios de formación profesional con personas que posean otra titulación siempre que no tuvieran otro contrato formativo previo en una formación del mismo nivel formativo y del mismo sector productivo.
Los contratos tendrán una duración mínima de 12 meses y deberán ser a jornada completa.
El período durante el cual se tienen que producir los contratos formativos para que sean subvencionables comprende desde el 16 de octubre de 2022 hasta el 30 de noviembre de 2023.
La cuantía máxima de la subvención que se concederá con carácter general será de:
a) Incentivo a la contratación, por cada persona joven con contrato formativo de 12 meses a jornada completa:
- En los grupos de cotización 1 y 2: 16.625 €.
- En los grupos de cotización 3 a 7: 13.300 €.
- En los grupos de cotización 8 a 11: 9.975 €.
b) Incentivo a la formación, por cada persona joven contratada, para la impartición de un programa formativo en competencias blandas, con una duración mínima de 60 horas:
- 2.000 € para formación presencial.
- 1.000 € para teleformación.
XUNTA_ContratosFormativos_Bases_2023
XUNTA_ContratosFormativos_Extracto_2023
El plazo para la presentación de solicitudes de esta convocatoria estará abierto hasta el finalizará el 2 de octubre de 2023.