ORDEN de 30 de julio de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones del Programa de comercio circular y se convocan para el año 2024
1. Programa Eco-pack
1.1. Comerciantes minoristas con tienda física:
Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que desarrollen su actividad comercial en Galicia, que el domicilio social radique en la comunidad autónoma y que cumplan los requisitos establecidos legalmente para ejercer la actividad.
b) Que tengan la condición de pyme de hasta 50 personas trabajadoras
c) Que estén dados de alta en algunos de los epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo II y que este constituya la actividad para la que va dirigida la subvención.
En el supuesto de que en un mismo establecimiento comercial se realicen actividades comerciales subvencionables con otras no subvencionables, la persona solicitante deberá acreditar mediante declaración responsable que la actividad comercial subvencionable es la principal.
1.2. Talleres artesanos: Que estén inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia.
1.3. Asociaciones de comerciantes:
2. Programa Avanza textil: Pymes y personas autónomas del sector textil (diseño, producción y venta de prendas de vestir, calzado y complementos).
Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que desarrollen su actividad comercial en Galicia, que el domicilio social radique en la comunidad autónoma y que cumplan los requisitos establecidos legalmente para ejercer la actividad.
b) Que tengan la condición de pyme de hasta 10 personas trabajadoras
c) Que estén dados de alta en alguno de los epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo III y que este constituya la actividad para la que va dirigida la subvención.
3. Programa Re-circular: Pymes y personas autónomas del sector textil (diseño, producción y venta de prendas de vestir, calzado y complementos).
Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que desarrollen su actividad comercial en Galicia, que el domicilio social radique en la comunidad autónoma y que cumplan los requisitos establecidos legalmente para ejercer la actividad.
b) Que tengan la condición de pyme de hasta 20 personas trabajadoras
c) Que estén dados de alta en algunos de los epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo III y que este constituya la actividad para la que va dirigida la subvención.
En concreto, se considerarán subvencionables:
Programa Eco-pack: Comerciantes minoristas y talleres artesanos:
- Cajas de cartón 100 % reciclado.
- Sobres de cartón o papel 100 % reciclado.
- Papel vegetal.
- Rellenos para embalaje (rellenos vegetales y protecciones acolchadas de papel 100 % reciclado).
- Bolsas de tela de algodón 100 %.
- Bolsas de tela de lino 100 %.
- Bolsas de tela de cáñamo 100 %.
Programa Avanza textil. Este programa está orientado al impulso de los pequeños productores del sector textil con marca comercial propia.
a) Participación en cursos de formación o talleres de confección textil impartidos por escuelas públicas o privadas. En concreto, se considerarán gastos subvencionables la matrícula y las mensualidades.
b) Adquisición de maquinaria de destrucción de textil para su posterior reutilización.
c) Adquisición de maquinaria y herramientas de corte y confección.
d) Organización y participación en tiendas efímeras pop-ups y showrooms. En concreto, se consideran gastos subvencionables:
– El alquiler del local o del espacio expositivo (máximo dos mensualidades).
– Los seguros y servicios de carácter básico y obligatorio para la organización del evento.
– El acondicionamiento de la superficie de exposición y venta.
– La adquisición o alquiler de mobiliario o equipamiento especializado para la exposición del producto.
– El transporte de mercancía.
– La publicidad y promoción de la tienda efímera.
Programa Re-circular. Este programa está orientado a promover el uso de materias primas y tejidos sostenibles en la producción textil a fin de reducir los residuos generados por el sector textil y favorecer su reutilización y el reciclaje.
a) Adquisición de materias primas y/o tejidos textiles sostenibles. En concreto, se consideran subvencionables los siguientes:
– Fibra 100 % de origen vegetal: algodón orgánico, lino, cáñamo y ramio.
– Fibras 100 % de origen animal: alpaca, seda, lana y plumón.
– Fibras recicladas: poliéster reciclado, nylon reciclado y lana reciclada que cuenten con uno mínimo de 60 % de fibra de origen reciclado.
– Fibras semisintéticas: lyocell, viscosa sostenible y cupro.
b) Adquisición de accesorios o fornituras de origen 100 % reciclado o 100 % de composición orgánica ( cremalleras, botones, ribetes, cuerdas, lazos o similares)
COMERCIO CIRCULAR_Extracto_2024
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 13 de septiembre 2024