Orden de 28 de diciembre de 2023, de la Cª de Promoción do Emprego e Igualdade por la que se establecen las bases reguladoras del Plan Galicia emplea de incentivos a la contratación y a la formación en la empresa ordinaria, y se procede a su convocatoria para el año 2024
Podrán ser entidades beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquier que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten personas trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia
La orden regula el Plan Galicia emplea de incentivos a la contratación por cuenta ajena, a la formación y al empleo con apoyo a través de
1.- Línea de incentivos a la contratación por cuenta ajena
a) Incentivos a la contrataciones indefinidas iniciales de personas desempleadas. Los contratos subvencionables deberán ser de duración indefinida y la jornada a tiempo completo; se excluyen los contratos fijos-discontinuos.
Se excepcionan de la jornada a tiempo completo las contrataciones de personas desempleadas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social, que podrán ser a tiempo completo o a tiempo parcial; la jornada a tiempo parcial será como mínimo del 50 %
Las contrataciones indefinidas iniciales de personas desempleadas se incentivarán con distintas cuantías base, según el colectivo al que pertenezca la persona contratada,
A. Persona joven: 6.000 €.
B. Persona parada de larga duración: 9.000 €.
C. Persona de 52 años o más: 9.000 €.
D. Persona emigrante retornada o persona extranjera: 9.000 €.
E. Mujer: 10.000 €.
F. Persona con discapacidad o en riesgo o situación de exclusión social: 14.000 euros.
Las cuantías indicadas anteriormente se incrementarán en un 15 % en los siguientes casos:
I. En el supuesto de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en caso de carecer de este) esté situado en un ayuntamiento rural.
II. Si la persona contratada es mayor de 45 años (incremento no aplicable en la letra C del punto anterior).
III. Si la persona contratada es una mujer (incremento no aplicable en la letra E del punto anterior).
IV. Personas trans.
V. Si la contratación se realiza con mujeres en profesiones y oficios en los que las mujeres estés subrepresentadas
b) Incrementos de jornada de las contrataciones indefinidas, de tiempo parcial a tiempo completo. Incentivo de 2.000 €: si el incremento de jornada se realiza en personas con discapacidad, el incentivo será de 3.000 €.
c) Incremento de la duración anual de los contratos fijos discontinuos a un mínimo de 9 meses y a jornada completa; el incremento deberá ser de, por lo menos, el 50 % sobre la duración inicial del contrato que se incrementa. Incentivo de 4.000 €.
d) Adaptación de los puestos de trabajo o por la dotación de equipos de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales a la persona trabajadora con discapacidad contratada, o por eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de las personas trabajadoras con discapacidad cuyo contrato se subvenciona al amparo de esta orden. Ayuda de 1.000 €.
2- Línea de incentivos a las acciones formativas en el centro de trabajo. . Las empresas que así lo soliciten podrán ser beneficiarias de un incentivo para la formación, tanto en la modalidad presencial como en la modalidad de teleformación, o en ambas modalidades, de las personas trabajadoras subvencionadas por medio de los incentivos a la contratación indefinida inicial previstos en esta orden
XUNTA_PlanGaliciaEmplea_Extracto_2024
El plazo general para la presentación de las solicitudes comenzará el día 26 de enero de 2024 y finalizará el 29 de septiembre de 2024.