ORDEN de 21 de mayo de 2026 de la Cª de Emprego, Comercio e Emigración por la que se aprueban las bases reguladoras para promover la primera experiencia profesional mediante contratos formativos para las personas jóvenes o en el sector artesanal, y se procede a su convocatoria para el año 2026.
El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2026 de las subvenciones para promover la primera experiencia profesional, a través de contratos formativos regulados en los siguientes programas:
- Programa I: primera experiencia profesional de las personas jóvenes menores de 30 años mediante contratos formativos (código de procedimiento TR353C).
Podrán ser personas y empresas beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las comunidades de bienes y sociedades civiles que contraten a personas jóvenes trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Por medio de esta convocatoria, las empresas tendrán la posibilidad de obtener ayudas para la contratación de menores de 30 años a través de las siguientes líneas:
a) Línea 1: programa de prácticas, mediante contratos para la obtención de práctica profesional, suscritos con personas trabajadoras menores de 30 años que estén en posesión de título universitario (grado, máster o doctorado), o título de grado medio o superior, especialista, máster profesional o certificado del sistema de formación profesional, así como de aquellas personas que posean un título equivalente de enseñanzas artísticas o deportivas del sistema educativo que habiliten o capaciten para el ejercicio de la actividad laboral.
b) Línea 2: programa de formación en alternancia, mediante contratos de formación en alternancia que se realicen con personas trabajadoras menores de 30 años, y que podrán celebrarse con personas que carezcan de la cualificación profesional reconocida por las titulaciones o certificados requeridos para concertar un contrato formativo para la obtención de práctica profesional. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán realizar contratos vinculados a estudios de formación profesional, a los estudios universitarios o el catálogo de especialidades formativas del Sistema nacional de empleo, con personas que posean otra titulación siempre que no tuviesen otro contrato formativo previo en una formación del mismo nivel formativo y del mismo sector productivo.
Los contratos tendrán una duración mínima de 12 meses y deberán ser a jornada completa.
La cuantía máxima de la subvención que se concederá con carácter general será de:
a) Incentivo a la contratación para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 1 y 2: 16.625€.
b) Incentivo a la contratación para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 3 a 7: 13.300€.
c) Incentivo a la contratación para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 8 a 11: 9.975€.
- Programa II: primera experiencia profesional en oficios artesanales (código de procedimiento TR353E).
Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas al amparo de este programa los talleres artesanales inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las comunidades de bienes y sociedades civiles, que contraten personas trabajadoras por cuenta ajena.
Este programa de ayudas tiene por finalidad garantizar la continuidad de los oficios artesanales en Galicia y mejorar la empleabilidad y la inserción profesional de las personas desempleadas en estos oficios, a través de la formalización de contratos de formación para la obtención de la práctica profesional.
Las cuantías máximas del incentivo a la contratación por 12 meses a jornada completa que se concederán con carácter general serán las siguientes:
a) Incentivo a la contratación para las personas contratadas en los grupos de cotización 1 y 2: 16.625€.
b) Incentivo a la contratación para las personas contratadas en los grupos de cotización 3 a 7: 13.300€.
c) Incentivo a la contratación para las personas contratadas en los grupos de cotización 8 a 11: 9.975€.
XUNTA_ContratosFormativos_Bases_2026
XUNTA_ContratosFormativos_Extracto_2026
El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 09:00 horas del 16 de junio de 2026 y finalizará a las 20.00 horas del 30 de septiembre de 2026.
