Ayudas Galicia Exporta Empresas 2025

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RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2025 por la que se da publicidad del acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de acciones de promoción exterior de las empresas gallegas (Galicia Exporta Empresas 2025), cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el año 2025, en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento IG622A).

Podrán ser beneficiarias las empresas y autónomos que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Que cumplan con la definición de pyme
  2. Que tengan algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia con por lo menos un trabajador por cuenta ajena, en la fecha de publicación en el DOG de estas bases de ayudas. Este requisito no es aplicable a startups con certificación de Enisa en vigor y aquellas empresas constituidas con menos de 42 meses de antigüedad en la fecha de publicación de las bases de ayudas.
  3. Que estén dadas de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización con informe positivo emitido a partir del 1 de enero de 2013. En caso de no estar inscritas, deberán solicitar el alta a través del procedimiento IG192 antes de la fecha de presentación de la solicitud.
  4. Que estén al corriente en sus obligaciones con la Hacienda pública estatal, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social.
  5. Que tengan capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.

El objetivo de estas ayudas es fomentar la internacionalización de las empresas gallegas que aún no exportan o que cuentan con una baja presencia exterior y apoyar a las que ya están internacionalizadas para que amplíen su presencia en los mercados exteriores.

Serán subvencionables los gastos relativos a:

  • La participación en ferias comerciales de carácter internacional, otros eventos expositivos internacionales y misiones comerciales directas.
  • La participación en ferias u otros eventos expositivos virtuales.
  • Misiones comerciales inversas.
  • Marketing y comunicación internacional.
  • La prospección en mercados internacionales.
  • La operatividad de la internacionalización.
  • La digitalización para la internacionalización.

Los límites máximos de gastos subvencionable son los establecidos en cada categoría de acción. Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra ayuda para los mismos gastos subvencionables.

El plazo de presentación de solicitudes y finalizará el 30 de septiembre de 2025, a las 14.00 horas, excepto que antes de esa fecha se produzca el agotamiento del crédito.

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