Ayudas a la contratación de Gestores de Internacionalización – IGAPE

Resolución de 18 de diciembre de 2023 por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección del IGAPE que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de gestores de internacionalización y se procede a su convocatoria plurianual para los años 2024, 2025 y 2026, en régimen de concurrencia no competitiva

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas que tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia y que cumplan la definición de pyme, incluidas las pymes con objeto social destinado a la prestación de servicios técnicos, comerciales o logísticos, y que tengan como proyecto iniciar o consolidar su proceso de internacionalización. Las empresas tendrán que disponer del informe de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización realizado a través de programas de Igape a partir de 2013. De no disponer del citado informe de alta, debe solicitarlo a través de la oficina virtual del Igape (procedimiento IG192) dentro del plazo de presentación de solicitudes.

Estas ayudas tienen como objetivo facilitar la adquisición de competencias profesionales en materia de internacionalización y la incorporación o reinserción al mercado laboral de profesionales en el ámbito del comercio exterior –dando prioridad a los jóvenes sin o con poca experiencia y a los sénior experimentados mayores de 45 años en situación de desempleo–, al mismo tiempo que se apoya a las pymes gallegas en su proceso de internacionalización poniendo a disposición de las pymes información sobre profesionales con formación especializada y una subvención a fondo perdido para su contratación.

Será subvencionable el salario bruto por cuenta ajena a tiempo completo de gestores de internacionalización, bajo cualquiera de las modalidades previstas en la legislación laboral vigente en el momento de la contratación, acordes a la finalidad de ayuda, excepto contratos de alta dirección. Los contratos laborales subvencionables deben ser indefinidos o temporales por un período mínimo de duración de 6 meses. La cuantía de la ayuda se calcula aplicando los siguientes porcentajes sobre el coste subvencionable:

a) 85 % en el caso de jóvenes profesionales nacidos a partir del 1 de enero de 1989.

b) 90 % en el caso de jóvenes inscritos en el Sistema nacional de garantía juvenil.

c) 80 % en el caso de profesionales nacidos después del 1 de enero de 1979 y antes del 1 de enero de 1989.

d) 90 % en el caso de profesionales sénior en paro de difícil reinserción laboral de edad igual o superior a 45 años (nacidos antes del 1 de enero de 1979).

e) 80 % en el caso de profesionales sénior en activo de edad igual o superior a 45 años (nacidos antes del 1 de enero de 1979).

IGAPE_GestoresInternacionalizacion_2024

IGAPE_GestoresInternacionalizacion_Extracto_2024

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el finalizará el 10 de julio de 2024, excepto que se produzca el supuesto de agotamiento del crédito

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva. Las solicitudes se resolverán atendiendo a su prelación temporal hasta el agotamiento del crédito, de lo cual se dará la correspondiente publicidad.

No Comments Yet

Comments are closed