ORDEN de 9 de julio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las ayudas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, por reducción de la jornada de trabajo, como medida de fomento de la corresponsabilidad, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se convocan para el año 2026.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria la persona progenitora del/de la menor que ejerza el derecho a la reducción de jornada, y según las siguientes situaciones:
a) En el caso de unidades familiares en que la pareja esté formada por personas de distinto sexo, el progenitor de sexo masculino.
b) En el caso de unidades familiares en que la pareja esté formada por personas del mismo sexo, cualquiera de las personas progenitoras.
c) En el caso de unidades familiares monoparentales, la persona a cargo de la unidad familiar.
d) En el caso de custodia compartida del/de la menor, cualquiera de las personas progenitoras.
A los efectos de estas ayudas, se entenderá por familia monoparental, el núcleo familiar compuesto por uno único progenitor/a o y los hijos/as a su cargo:
a) Los hombres o las mujeres que afrontan la paternidad o la maternidad en solitario.
b) Las familias formadas por una o un cónyuge viudo y los hijos e hijas.
c) Las familias formadas por un padre o madre que queda a cargo de las hijas e hijos, sin que haya custodia compartida.
La reducción de jornada tendrá que ser de, por lo menos, el 12,5 % de la jornada.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el lunes 24 de agosto de 2026.
