Apoyo a la contratación de mujeres en ocupaciones masculinizadas

Orden de 9 de julio de 2024, de la Cª de Emprego, Comercio e Emigración por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de apoyo a la contratación de mujeres en ocupaciones masculinizadas y para la adaptación de espacios en las empresas, y se procede a su convocatoria para el año 2024

El objetivo de estas ayudas es favorecer la contratación de mujeres desempleadas en la empresa ordinaria en ocupaciones masculinizadas, con la finalidad de contribuir a incrementar las bajas tasas de ocupación femenina en dichas ocupaciones. A este fin se establecen dos líneas de ayudas:

1. Línea de incentivos a la contratación por cuenta ajena de mujeres desempleadas.

2. Línea de ayudas para la adaptación de los espacios o de los puestos de trabajo en la empresa, de carácter opcional, con la finalidad de eliminar barreras y/u obstáculos que impidan o dificulten el acceso y el desempeño profesional de las mujeres en ocupaciones masculinizadas.

A efectos de esta ayuda, se entiende por ocupaciones masculinizadas o con infrarrepresentación femenina en la contratación las que, tomando como referencia las personas contratadas por género en el período 2019-2023 en los grupos ocupacionales según la Clasificación Nacional de Ocupaciones (CNO-11) aprobada en el Real decreto 1591/2010, de 26 de noviembre, se tienen en cuenta los grupos ocupacionales que en 2023, reflejan una diferencia porcentual de por lo menos 20 puntos entre los valores de contratación masculina y femenina, y según la cual se elabora una lista de ocupaciones con subrepresentación femenina por ocupaciones.

Podrán ser entidades beneficiarias de los incentivos las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten mujeres por cuenta ajena en ocupaciones masculinizadas, para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia

Cuantía de las ayudas

1. Incentivos a la contratación.

  • a) Las contrataciones indefinidas iniciales a tiempo completo de mujeres desempleadas se incentivarán con una cuantía base de 15.000 €. En caso de reducción de jornada por cualquiera causa, la cuantía se reducirá en proporción a la jornada realizada.
  • b) Las contrataciones indefinidas iniciales a tiempo parcial (mínimo 50 %) y las contrataciones indefinidas fijas-discontinuas (mínimo 6 meses) se incentivarán con una cuantía base de 7.500 €.

Las cuantías indicadas anteriormente se incrementarán en un 15 % en los siguientes casos, que son acumulables entre sí:

  • I. En el supuesto de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en el caso de carecer de este) esté situado en un ayuntamiento rural.
  • II. Si la mujer contratada es una persona con discapacidad.
  • III. Si la mujer contratada es mayor de 45 años.
  • IV. Si la mujer contratada es emigrante retornada o extranjera.
  • V. Si la mujer contratada es persona trans.

La cuantía máxima posible a subvencionar por cada persona contratada con carácter indefinido es de 26.250 €.

2. Gastos derivados de obras de adaptación de los espacios o de los puestos de trabajo. El importe máximo de la ayuda será de 10.000 €.. Los gastos de obras de adaptación de los espacios o de los puestos de trabajo deberán estar realizados y pagados a fecha 20 de octubre de 2024.

XUNTA_Mujer_OcupacionMasculinizada_2024

XUNTA_Mujer_OcupacionMasculinizada_Extracto_2024

TR349W_OucpacionesSubrepresentacionFemenina 

TR349W_Infografia

El plazo general para la presentación de las solicitudes de estas ayudas  finalizará el 30 de septiembre de 2024.

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