Conforme al Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Establecimientos Industriales, aprobado por el Real Decreto 164/2025, todas las instalaciones industriales están obligadas a realizar inspecciones periódicas de sus sistemas de protección contra incendios (PCI) mediante un Organismo de Control Autorizado (OCA).
Esta obligación se aplica a las instalaciones construidas conforme al RD 2267/2004. En concreto, el Artículo 13 del nuevo reglamento establece que: «Las inspecciones deberán realizarse, al menos, cada 5 años, sin tener en cuenta el riesgo de la instalación».
Dado que el reglamento entró en vigor el 4 de octubre de 2025, todas las instalaciones existentes deberán cumplir con esta obligación a partir de esa fecha.
Desde la Asociación estamos gestionando una oferta conjunta con empresas homologadas, que permitirá realizar las inspecciones de forma coordinada y con condiciones económicas ventajosas.
La propuesta se ajustará a:
- La dimensión de cada nave.
- El tipo de sistema PCI instalado.
- El nivel de riesgo a cubrir, aunque no afecta a la periodicidad.
Para confirmar su interés en participar en esta oferta conjunta o resolver cualquier duda, pueden contactar con la Asociación a través del correo electrónico aemos@aemos.es
Agradecemos su colaboración y compromiso con la seguridad industrial.
